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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244553
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 36, Quinta Parte; Pág. 31
RESCISION DE CONTRATOS DE TRABAJO. LAS CAUSAS MOTIVADORAS DEL ACCESORIO SE EXTIENDEN AL PRINCIPAL. TRABAJO EXTRAORDINARIO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 36, Quinta Parte; Pág. 31
La contratación del trabajador constituye una unidad, en cuanto a la realización del trabajo, y si en la contratación para trabajar y prestar un servicio de emergencia, como lo es un contrato referente a trabajo en tiempo extra, incurre en una causa de rescisión del contrato individual de trabajo, ello lleva aparejado el que se extienda tal rescisión a los efectos del contrato individual de trabajo que se refiere a la labor ordenada, pues la falta de propiedad o la desobediencia a las órdenes del patrón, se reflejan en el trabajo que el actor debía realizar para el patrón, independientemente de que se diferencie la existencia de una contratación accesoria de la principal, y en consecuencia es infundado esgrimir que solamente debe darse por terminado el contrato que se refiere al trabajo en tiempo extra.
Precedentes
Amparo directo 1114/70. Jorge Pérez Guerrero. 3 de noviembre de 1970. Cinco votos. Ponente: Euquerio Guerrero López.