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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244555
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 31, Quinta Parte; Pág. 31
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, SUSPENSION INDEFINIDA DE LOS. PRESCRIPCION.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 31, Quinta Parte; Pág. 31
La suspensión de los trabajadores al servicio del Estado, decretada por tiempo indefinido, equivale a un cese, ya que no puede dejarse su duración al arbitrio del patrón, pues en esas condiciones se privaría al trabajador indefinidamente, tanto del derecho de desempeñar sus labores, como del de percibir el salario, en cuya virtud tal suspensión equivale a un despido injustificado y da derecho al afectado a reclamar su reinstalación en el trabajo. En consecuencia, el término para la prescripción cuenta desde que el trabajador fue notificado de la suspensión indefinida decretada en su contra.
Precedentes
Amparo directo 3462/70. (ISSSTE) Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 2 de julio de 1971. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volumen 36, página 36. Amparo directo 1040/53. Secretario de Agricultura y Ganadería. 13 de agosto de 1954. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.
Volumen 36, página 36. Amparo directo 6336/51. Secretaría del Trabajo y Previsión Social. 10 de noviembre de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen XXVI, página 136. Amparo directo 5970/58. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 28 de agosto de 1959. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.
Nota: En el Volumen XXVI, página 136, la tesis aparece bajo el rubro "TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, SUSPENSION DEFINITIVA INDEBIDA DE LOS.".