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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
244559
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 36, Quinta Parte; Pág. 45

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, ABANDONO DE EMPLEO POR LOS.

[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 36, Quinta Parte; Pág. 45

Precedentes

Sexta Epoca, Quinta Parte: Volumen LXXXVI, página 37. Amparo directo 3760/63. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 27 de agosto de 1964. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Volumen CXXII, página 64. Amparo directo 9392/66. Bernardo Castro Villagrana Joublanc. 21 de agosto de 1967. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 36, página 35. Amparo directo 7622/59. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 30 de marzo de 1969. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela. Volumen 29, página 49. Amparo directo 5899/70. Nicolás Raymundo Amerena Castro. 12 de mayo de 1971. Cinco votos. Ponente: Euquerio Guerrero López. Volumen 31, página 29. Amparo directo 4475/70. Anatolio Bolaños Velázquez. 1o. de julio de 1971. Cinco votos. Ponente: Euquerio Guerrero López.
Registro digital (IUS): 244559