Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/244581
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244581
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 35, Quinta Parte; Pág. 48
PUESTOS, OTORGAMIENTO DE. PRESCRIPCION DE LA ACCION RELATIVA.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 35, Quinta Parte; Pág. 48
Si lo que demanda el trabajador es el otorgamiento de un puesto en el que fue designado otro, haciendo valer su pretensión con base en que su derecho deriva del contrato colectivo de trabajo, que está obligada la empresa a cumplir conforme al artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo de 1931, resulta que su acción la está haciendo derivar de ese contrato colectivo y de la ley, por lo que conforme al artículo 328 de la misma Ley Federal del Trabajo de 1931, el término de la prescripción es el de un año, puesto que no se está en el caso de la fracción III del artículo 329 de la misma ley, toda vez que no se trata de ninguna de las acciones que derivan de la fracción XXII del artículo 123 constitucional.
Precedentes
Amparo directo 3063/71. Ferrocarriles Nacionales de México. 4 de noviembre de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.