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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244586
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 35, Quinta Parte; Pág. 53
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO COMISIONADOS, DERECHOS ESCALAFONARIOS DE LOS.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 35, Quinta Parte; Pág. 53
La Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en el capítulo tercero que reglamenta el escalafón en las dependencias del ejecutivo, no prohibe la aplicación de los trabajadores comisionados al escalafón al cual están adscritos, pues se daría el caso injusto de que jamás pudiera el trabajador comisionado ascender, pues en la dependencia donde estuviera comisionado, por no pertenecer al escalafón, se le negaría el derecho a la aplicación de plazas vacantes.
Precedentes
Amparo directo 2355/71. Santiago Reyes Vélez. 23 de noviembre de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.