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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
244591
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 34, Quinta Parte; Pág. 15

FERROCARRILES, PUESTO DE CONFIANZA EN LOS. NO SE HACE NUGATORIO EL DERECHO DE ASCENSO, POR NO HABER SIDO DESIGNADO UN TRABAJADOR PARA OCUPARLO.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 34, Quinta Parte; Pág. 15

Precedentes

Amparo directo 2297/71. Conrado Contreras Ayala. 25 de octubre de 1971. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Nota: En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "PUESTO DE CONFIANZA, CASO EN EL QUE NO SE HACE NUGATORIO EL DERECHO DE ASCENSO, POR NO HABER SIDO DESIGNADO PARA EL.".
Registro digital (IUS): 244591