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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
244594
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 34, Quinta Parte; Pág. 25

PRUEBAS, FORMALIDADES PARA LA RECEPCION DE LAS. LAS DILIGENCIAS DEBEN PRACTICARSE A LA HORA FIJADA.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 34, Quinta Parte; Pág. 25

Precedentes

Amparo directo 3133/71. Esther Murrieta Carsi de Gorozpe. 15 de octubre de 1971. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Registro digital (IUS): 244594