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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244674
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 30, Quinta Parte; Pág. 67
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CESE DE LOS. ADMITIDA SU JUSTIFICACION POR EL TRIBUNAL DE ARBITRAJE, NO AFECTA LOS INTERESES JURIDICOS DEL TITULAR LA FALTA DE ESTUDIO DE ALGUNA CAUSAL, SOBRESEIMIENTO EN EL AMPARO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 30, Quinta Parte; Pág. 67
Si un laudo considera justificado el cese de un trabajador y absuelve al titular demandado de las prestaciones consecuentes a ese cese, no se afectan los intereses jurídicos del propio titular por el hecho de que el Tribunal de Arbitraje hubiera dejado de estudiar alguna otra diversa causal de cese, por lo que procede sobreseer el juicio de garantías en que se alega tal violación.
Precedentes
Amparo directo 5562/70. Secretario de Gobernación. 10 de junio de 1971. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.