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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
244683
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 30, Quinta Parte; Pág. 89

VACACIONES, DESCUENTOS PROPORCIONALES IMPROCEDENTES A LAS, EN CASO DE FALTAS JUSTIFICADAS (ENFERMEDADES Y ACCIDENTES).

[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 30, Quinta Parte; Pág. 89

Precedentes

Sexta Epoca, Quinta Parte: Volumen CXXIII, página 48. Amparo directo 8356/66. Textiles Monterrey, S.A. 11 de septiembre de 1967. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 30, página 81. Amparo directo 3160/69. Textiles Monterrey, S.A. 21 de agosto de 1969. Cinco votos. Ponente: Alberto Orozco Romero. Volumen 27, página 43. Amparo directo 4544/70. Textiles Monterrey, S.A. 3 de marzo de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Volumen 27, página 43. Amparo directo 4977/70. Leona Textil, S.A. 10 de marzo de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Volumen 28, página 63. Amparo directo 6000/70. Textiles Monterrey, S.A. 21 de abril de 1971. Cinco votos. Ponente: Euquerio Guerrero López.
Registro digital (IUS): 244683