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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244708
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 28, Quinta Parte; Pág. 28
FERROCARRILEROS, PENSION JUBILATORIA DE LOS. FORMA DE FIJAR SU MONTO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 28, Quinta Parte; Pág. 28
No forman parte del salario ordinario tabulado para los efectos de fijar el monto de la pensión jubilatoria mensual, las prestaciones que no tienen el carácter de regulares y permanentes, señaladas expresamente en el contrato colectivo de trabajo o convenios respectivos como integrantes del salario, toda vez que la jubilación tiene origen extralegal, estrictamente contractual.
Precedentes
Amparo directo 5489/69. Francisco Tiscareño Tenorio y otros. 22 de abril de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.