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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244738
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 26, Quinta Parte; Pág. 13
ASISTENCIA, FALTAS DE. CASO EN QUE DEBEN COMPUTARSE COMO TALES LAS QUE OCURREN EN DIAS DE DESCANSO POR PACTO ENTRE TRABAJADORES Y PATRON.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 26, Quinta Parte; Pág. 13
Si se trata de labores continuas y existe pacto entre el patrón y sus trabajadores, sustituyendo, de acuerdo con el artículo 81 de la Ley Federal del Trabajo de 1931, los días de descanso obligatorio por otros, y un trabajador deja de asistir al desempeño de sus actividades en uno de esos días en que estaba obligado a laborar según dicho pacto, sin justificar su inasistencia, la misma debe tenerse como falta injustificada.
Precedentes
Amparo directo 845/70. Arturo González Benavides. 15 de febrero de 1971. Cinco votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra.