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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244747
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 25, Quinta Parte; Pág. 23
COPIAS DE LOS INFORMES RENDIDOS POR EL TRABAJADOR A SU PATRON, VALOR PROBATORIO DE LAS.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 25, Quinta Parte; Pág. 23
Si en las copias de los informes que el trabajador rindió a su patrón, y que fueron aportadas como pruebas por aquél, no aparece ninguna constancia de que el patrón haya aceptado o dado su visto bueno a tales informes, esas copias sólo prueban que el actor rindió dichos informes, pero no que los datos en ellos consignados sean correctos.
Precedentes
Amparo directo 5403/69. Ferrocarriles Nacionales de México. 25 de enero de 1971. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.