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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244760
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 25, Quinta Parte; Pág. 65
VEHICULOS PROPIEDAD DE LA EMPRESA, FALTA DE PROBIDAD POR EL USO INDEBIDO DE.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 25, Quinta Parte; Pág. 65
El hecho de que un trabajador utilice un vehículo propiedad de la empresa, sin autorización de ésta, en trabajos particulares, ya sea en beneficio del propio trabajador o de un tercero, constituye evidentemente una falta de probidad, que da lugar a la rescisión del contrato de trabajo.
Precedentes
Amparo directo 4127/70. Manuel Aguilar Aguilar. 11 de enero de 1971. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.