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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244780
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 22, Quinta Parte; Pág. 21
PLAZAS, POSTERGACION EN EL OTORGAMIENTO DE. PRUEBAS NECESARIAS PARA DETERMINARLA.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 22, Quinta Parte; Pág. 21
Para que se pueda resolver si un trabajador ha sido postergado al otorgarse a otro una plaza determinada, es necesario que el actor rinda pruebas acerca de cuáles son sus derechos a tal plaza y los de sus contendientes, pues de otra manera no sería posible establecer la comparación que se hace indispensable para el efecto, entre los derechos de ambos.
Precedentes
Amparo directo 551/70. Jorge Zamorano Chávez. 16 de octubre de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen CVI, página 29. Amparo directo 3652/64. Minera Santa María de la Paz y Anexas, S.A. 15 de abril de 1966. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.