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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244828
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 18, Quinta Parte; Pág. 85
TESTIGOS, INVALIDEZ DE LA DECLARACION DE.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 18, Quinta Parte; Pág. 85
Para que se invalide la declaración de un testigo, debe precisarse que el interés que manifieste tener es un interés personal, directo o indirecto con el resultado del juicio, pero no como en el caso en que las repreguntas se formulen en relación a las labores que los testigos presten en la empresa. Cabe expresar que para que el dicho de los testigos en esta situación, careciera de importancia, era necesario que estos manifestaran tener interés en que la empresa ganara el pleito, o el trabajador no lo perdiera.
Precedentes
Amparo directo 796/69. Hilados y Tejidos Finos "Santa Clara", S.A. 18 de noviembre de 1969. Cinco votos. Ponente: Alberto Orozco Romero.