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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244833
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 18, Quinta Parte; Pág. 99
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CAMBIO DE ADSCRIPCION DE LOS.
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 18, Quinta Parte; Pág. 99
Con excepción de aquellos empleados en cuyo nombramiento se haya precisado el lugar en que prestarán sus servicios, lo que crea en su favor el derecho a no ser movilizados, los titulares de las unidades burocráticas están facultados a cambiar de adscripción a sus subordinados cuando así lo requiera el buen servicio, sin que estén obligados a probar la necesidad del cambio, pues la apreciación de lo que conviene al buen servicio es un acto subjetivo de cada titular, que puede, en ocasiones, tener hasta la categoría de acto reservado, además de no exigirlo así la ley aplicable, que nada dispone acerca de cuándo o cómo tendría que probarse la necesidad de la medida.
Precedentes
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen XIX, página 111. Amparo directo 5676/57. Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas. 5 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.
Volumen LV, página 85. Amparo directo 7090/61. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 12 de enero de 1962. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.
Volumen LV, página 85. Amparo directo 695/60. Guillermo Alarcón Nájera. 17 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volumen 18, página 89. Amparo directo 6298/58. Secretario de Educación Pública. 10 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.
Volumen 14, página 51. Amparo directo 5058/69. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 2 de febrero de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.