Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/244833
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
244833
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 18, Quinta Parte; Pág. 99

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CAMBIO DE ADSCRIPCION DE LOS.

[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 18, Quinta Parte; Pág. 99

Precedentes

Sexta Epoca, Quinta Parte: Volumen XIX, página 111. Amparo directo 5676/57. Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas. 5 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame. Volumen LV, página 85. Amparo directo 7090/61. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 12 de enero de 1962. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal. Volumen LV, página 85. Amparo directo 695/60. Guillermo Alarcón Nájera. 17 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 18, página 89. Amparo directo 6298/58. Secretario de Educación Pública. 10 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame. Volumen 14, página 51. Amparo directo 5058/69. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 2 de febrero de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Registro digital (IUS): 244833