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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244834
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 17, Quinta Parte; Pág. 13
PRUEBA PERICIAL, RECEPCION DE LA, EN MATERIA LABORAL. SUPLETORIEDAD DEL CODIGO PROCESAL CIVIL FEDERAL.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 17, Quinta Parte; Pág. 13
Si bien el artículo 524 de la Ley Federal del Trabajo establece que cada parte presentará a los peritos que pretenda sean oídos, no es menos cierto que no establece las normas que deberán seguirse para la recepción de esta prueba, por lo que debe en su caso aplicarse la ley supletoria, y que la constituye el Código Federal de Procedimientos Civiles, para llenar las lagunas de que adolece la ley, en virtud de que por ser las normas del procedimiento de orden público, las mismas no pueden quedar al arbitrio de las partes; en esas condiciones, es correcta la aplicación del artículo 146 del Código Federal de Procedimientos Civiles, en cuanto que éste señala que: la parte que desee rendir prueba pericial presentará un escrito en que formulará las preguntas o precisará los puntos sobre que debe versar; hará la designación del perito de su parte; el tribunal concederá a las demás partes el término de cinco días para que adicionen el cuestionario con lo que les interese, previniéndolas que, en el mismo término, nombren el perito que les corresponda.
Precedentes
Amparo directo 316/70. Perforadora Central, S.A. de C.V. 7 de mayo de 1970. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Quinta Epoca:
Tomo XCVI, página 2179. Amparo directo 5140/47. Andrés Islas. 28 de junio de 1948. Mayoría de tres votos, contra el voto del Ministro Roque Estrada. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.