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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
244834
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 17, Quinta Parte; Pág. 13

PRUEBA PERICIAL, RECEPCION DE LA, EN MATERIA LABORAL. SUPLETORIEDAD DEL CODIGO PROCESAL CIVIL FEDERAL.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 17, Quinta Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo directo 316/70. Perforadora Central, S.A. de C.V. 7 de mayo de 1970. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Quinta Epoca: Tomo XCVI, página 2179. Amparo directo 5140/47. Andrés Islas. 28 de junio de 1948. Mayoría de tres votos, contra el voto del Ministro Roque Estrada. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 244834