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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244867
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 12, Quinta Parte; Pág. 19
NOTIFICACIONES PERSONALES.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 12, Quinta Parte; Pág. 19
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 443 de la Ley Federal del Trabajo, solamente la primera notificación deberá ser, en todo caso, personal, y las restantes sólo serán personales si las partes concurren a la Junta el mismo día en que se han dictado los proveídos.
Precedentes
Amparo directo 2580/69. Banco Nacional de Crédito Ejidal, S.A. de C.V. 5 de diciembre de 1969. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.