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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244872
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 12, Quinta Parte; Pág. 31
FERROCARRILEROS, SALARIOS POR VIAJES REDONDOS A LOS TRABAJADORES.
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 12, Quinta Parte; Pág. 31
Aun cuando laboren los conductores de express más de ciento noventa y cinco horas al mes, límite de la jornada mixta, no tienen derecho al pago de tiempo laborado en exceso de tal jornada, porque estando contratados por viaje redondo, en los términos autorizados por el artículo 178 de la Ley Federal del Trabajo, el tiempo que utilicen en cada viaje, comprende, según la cláusula séptima de convenio de primero de diciembre de mil novecientos sesenta y dos, y el artículo 4o. del Reglamento Interior de Labores para Conductores de Express, además del tiempo del itinerario, el que empleen en cargar y descargar el flete en terminales o subterminales y en recibir y entregar la corrida, siendo improcedente, por la misma razón el pago de diferencias de salarios por concepto de tiempo de demora.
Precedentes
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen CXXXVIII, página 35. Amparo directo 70/68. Antonio G. Rubio Carrillo. 13 de junio de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Volumen CXXXII, página 18. Amparo directo 7843/66. Tomás Córdova Velázquez. 24 de junio de 1968. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volumen 10, página 37. Amparo directo 7364/68. Daniel Valadez Martínez. 15 de octubre de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal.
Volumen 11, página 15. Amparo directo 7290/68. Ignacio Padilla Ramos. 12 de noviembre de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto Orozco Romero.
Volumen 11, página 15. Amparo directo 2400/69. Francisco González Talancón. 12 de noviembre de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto Orozco Romero.
Nota: En el Informe de 1969, la tesis aparece bajo el rubro "VIAJES REDONDOS, SALARIOS A LOS TRABAJADORES FERROCARRILEROS EN LOS.".