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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
244872
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 12, Quinta Parte; Pág. 31

FERROCARRILEROS, SALARIOS POR VIAJES REDONDOS A LOS TRABAJADORES.

[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 12, Quinta Parte; Pág. 31

Precedentes

Sexta Epoca, Quinta Parte: Volumen CXXXVIII, página 35. Amparo directo 70/68. Antonio G. Rubio Carrillo. 13 de junio de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Volumen CXXXII, página 18. Amparo directo 7843/66. Tomás Córdova Velázquez. 24 de junio de 1968. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 10, página 37. Amparo directo 7364/68. Daniel Valadez Martínez. 15 de octubre de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal. Volumen 11, página 15. Amparo directo 7290/68. Ignacio Padilla Ramos. 12 de noviembre de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto Orozco Romero. Volumen 11, página 15. Amparo directo 2400/69. Francisco González Talancón. 12 de noviembre de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto Orozco Romero. Nota: En el Informe de 1969, la tesis aparece bajo el rubro "VIAJES REDONDOS, SALARIOS A LOS TRABAJADORES FERROCARRILEROS EN LOS.".
Registro digital (IUS): 244872