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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
244876
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 11, Quinta Parte; Pág. 19

PERSONALIDAD ANTE LAS JUNTAS, EXCEPCION DE FALTA DE.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 11, Quinta Parte; Pág. 19

Precedentes

Amparo directo 3211/69. Marcelino Pavón Coral. 14 de noviembre de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 8, página 37. Amparo directo 219/69. Consuelo García Reyes. 13 de agosto de 1969. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Notas: En el Volumen 8, página 37, la tesis aparece bajo el rubro "PERSONALIDAD, FALTA DE. DEBE HACERSE VALER ANTE LA JUNTA Y NO EN EL AMPARO.". En el Informe de 1969, la tesis aparece bajo el rubro "FALTA DE PERSONALIDAD. DEBE HACERSE VALER ANTE LA JUNTA Y NO EN EL AMPARO.".
Registro digital (IUS): 244876