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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244882
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 11, Quinta Parte; Pág. 30
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, FALTAS DE PROBIDAD CONTRA LOS. LA DENUNCIA DE UN POSIBLE DELITO, NO LAS IMPLICA.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 11, Quinta Parte; Pág. 30
Del hecho de que un trabajador sea absuelto por un Jurado Popular del delito que se le imputó, no se sigue necesariamente que el titular haya incurrido en falta de probidad al hacer del conocimiento del Ministerio Público la posible comisión de tal ilícito.
Precedentes
Amparo directo 2084/69. Roberto Miguel Díaz Puebla. 28 de noviembre de 1969. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.