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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244886
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 10, Quinta Parte; Pág. 22
CONTRATO DE TRABAJO, LAS CARACTERISTICAS QUE SURGEN EN LA PRESTACION DE SERVICIOS, DETERMINAN EL.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 10, Quinta Parte; Pág. 22
La existencia de un contrato civil no puede por sí misma excluir la relación jurídica de índole laboral, ni puede impedir que ésta se configure, por lo que, independientemente del acto celebrado entre las partes, debe atenderse a las características que surgen a través de la prestación de servicios, para que, si éstas quedan comprendidas dentro de lo previsto por el artículo 17 de la Ley Federal del Trabajo, se apliquen las disposiciones de este ordenamiento.
Precedentes
Amparo directo 1455/69. Abel Porras Rodríguez. 9 de octubre de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen XCII, página 11. Amparo directo 3339/64. Marcelo de la Cueva y Foucade. 1o. de febrero de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.