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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244887
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 10, Quinta Parte; Pág. 23
CONTRATO DE TRABAJO, PRORROGA DEL.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 10, Quinta Parte; Pág. 23
Al acreditar el trabajador que subsiste la materia de trabajo origen del contrato, y que tales labores las desarrolla otro trabajador, se demuestran plenamente los extremos del artículo 39 de la ley laboral en lo relativo a la prórroga del contrato, sin que sea óbice para ello el hecho de que el trabajador haya firmado contratos por tiempo determinado.
Precedentes
Amparo directo 3708/69. Cementaciones, Estimulaciones y Pruebas, S.A. 24 de octubre de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Quinta Parte, Cuarta Sala, tesis 34, página 48, bajo el rubro "CONTRATO DE TRABAJO TEMPORAL. DEBE JUSTIFICARSE LA CAUSA MOTIVADORA DE SU LIMITACION.".