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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244913
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 8, Quinta Parte; Pág. 31
FERROCARRILEROS. DEBEN REGRESAR A SU PUESTO DE ORIGEN LOS NOMBRADOS EN UNO SUPERIOR PROVISIONALMENTE, SI NO JUSTIFICAN SU COMPETENCIA.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 8, Quinta Parte; Pág. 31
Si del examen específico practicado a un trabajador, para justificar su competencia en el puesto en que provisionalmente había sido nombrado, aparece que es incompetente para desempeñar las labores correspondientes, una vez vencido el plazo que se le concedió para ese efecto debe regresar a su puesto de origen tal y como se estipuló en el convenio celebrado entre la empresa, la representación sindical y el trabajador.
Precedentes
Amparo directo 6555/68. Guillermo Zavala Morales. 6 de agosto de 1969. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.