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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244926
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 7, Quinta Parte; Pág. 25
TESTIGOS DEL PATRON ALTOS FUNCIONARIOS.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 7, Quinta Parte; Pág. 25
Cuando los testigos del patrón son altos funcionarios, es indiscutible que éstos, por tener la representación y dirección de las actividades de la misma empresa, de ningún modo pueden ser imparciales en lo que atestigüen, ya que los hechos afectan en forma directa a su representada, y porque la naturaleza misma de su cargo, y la confianza depositada en ellos por quienes los designaron, los obligan a defender los intereses puestos a su cuidado.
Precedentes
Amparo directo 590/69. Pablo Hernández, Alejo Hernández y otros. 25 de julio de 1969. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.