Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/245006
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245006
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 33
AGRARIO. PERITOS QUE NO MANIFIESTAN SI ESTAN O NO IMPEDIDOS PARA ACEPTAR SU NOMBRAMIENTO EN AMPARO AGRARIO. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 33
Si el perito omitió su dictamen sin que aparezca en el acta levantada para efectos de aceptación y protesta del cargo que se le hubiera requerido para que, bajo protesta de decir verdad, manifestara si estaba o no impedido para aceptar el nombramiento conferido, formalidad trascendental para el resultado de la prueba pericial, puesto que es la idónea para demostrar hechos relacionados con la posesión y disfrute de los terrenos que los quejosos reclaman, debe ordenarse la reposición del procedimiento en el juicio de amparo para subsanar esa omisión.
Precedentes
Amparo en revisión 3123/83. Comisariado Ejidal de Bienes Comunales de la Comunidad Indígena de "Santa María Tequepexpan", Municipio de Santa María del Oro, Nayarit. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Martha Chávez Padrón.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, tesis 127, página 262, bajo el rubro "PERITOS QUE NO MANIFIESTAN SI ESTAN O NO IMPEDIDOS PARA ACEPTAR SU NOMBRAMIENTO. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO EN MATERIA AGRARIA.".