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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245006
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 33

AGRARIO. PERITOS QUE NO MANIFIESTAN SI ESTAN O NO IMPEDIDOS PARA ACEPTAR SU NOMBRAMIENTO EN AMPARO AGRARIO. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 33

Precedentes

Amparo en revisión 3123/83. Comisariado Ejidal de Bienes Comunales de la Comunidad Indígena de "Santa María Tequepexpan", Municipio de Santa María del Oro, Nayarit. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Martha Chávez Padrón. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, tesis 127, página 262, bajo el rubro "PERITOS QUE NO MANIFIESTAN SI ESTAN O NO IMPEDIDOS PARA ACEPTAR SU NOMBRAMIENTO. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO EN MATERIA AGRARIA.".
Registro digital (IUS): 245006