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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245013
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 49
ARRENDAMIENTO, CONTRATO DE. CASO EN QUE NO SE TRANSFORMA EN COMPRAVENTA
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 49
Si se toma en cuenta que la existencia de la obligación que se derivara de la opción de compra queda sujeta a una condición suspensiva, o sea, a que la arrendataria acepte esa opción pagando cierta cantidad, como dicha arrendataria no demuestra que hubiera cumplido con tal condición, jurídicamente esa obligación no existe y, en consecuencia, el contrato de arrendamiento base de la acción no se transforma en una compraventa.
Precedentes
Amparo directo 561/85. Jardín Guadalupano, S.A. de C.V. 8 de septiembre de 1987. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez.