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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245018
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 66

AUDIENCIA, GARANTIA DE. SU CUMPLIMIENTO EN MATERIA ADMINISTRATIVA.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 66

Precedentes

Amparo en revisión 7842/83. Mario Félix Loustaunau. 25 de agosto de 1987. Mayoría de cuatro votos. Disidente y Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Séptima Epoca, Séptima Parte: Volúmenes 199-204, página 28. Amparo en revisión 2269/82. Inés Baca Chávez viuda de Torres. 14 de agosto de 1985. Mayoría de tres votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Martha Chávez Padrón. Volúmenes 199-204, página 28. Amparo en revisión 5798/83. Dolores Torres viuda de González y coagraviados. 19 de marzo de 1985. Mayoría de votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Salvador Martínez Rojas. Volúmenes 193-198, página 29. Amparo en revisión 5557/83. Sucesión de Pedro Bazaldúa Martínez. 13 de febrero de 1985. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Salvador Martínez Rojas. Nota: En los Volúmenes 199-204, página 28, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. AUDIENCIA, GARANTIA DE. CUMPLIMIENTO EN MATERIA ADMINISTRATIVA.".
Registro digital (IUS): 245018