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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245027
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 90
COMPRAVENTA, RESCISION DE. PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 90
Si los vendedores vendieron a una empresa maderera un predio en el que con anterioridad habían vendido la madera a un tercero, no tienen derecho a cobrar rentas por el disfrute del predio; además, con la rescisión del contrato, recobran el predio y la posibilidad de venderlo a un nuevo precio, dada la devaluación notoria de la moneda y el alza de precios de la propiedad raíz, mientras que la compradora recobra los anticipos ya devaluados y con un bajo interés legal, lo que en forma manifiesta, que no requiere mayor prueba, le ocasiona un perjuicio. Luego en la nueva sentencia, también debe condenarse a los vendedores a pagar esos perjuicios; añadiendo a los anticipos (cuyos frutos aprovecharon) una cantidad proporcional a la pérdida inflacionaria del valor de la moneda, en el tiempo transcurrido, lo que se deberá determinar en un incidente de liquidación, en ejecución de sentencia, pues de lo contrario la inflación operaría sólo en beneficio de los vendedores que conservaron el predio y manejaron el anticipo, y en perjuicio de la compradora, que no recobrará más que un anticipo devaluado, con intereses irrisorios, y sin haber disfrutado del predio.
Precedentes
Amparo directo 461/84. Sociedad Cooperativa de Industriales Madereros de Ciudad Hidalgo S.C.L. 18 de junio de 1987. Cinco votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Secretaria: María Magdalena Córdoba Rojas.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "RESCISION. COMPRAVENTA. DAÑOS Y PERJUICIOS.".