Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/245030
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245030
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 108

CONFESION, VALOR DE LA.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 108

Precedentes

Amparo directo 7394/85. Guadalupe Morales Alejo. 26 de mayo de 1987. Mayoría de cuatro votos. Disidente y Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Séptima Epoca, Séptima Parte: Volúmenes 205-216, página 343. Amparo directo 9572/84. Ramón Solís Villarreal. 14 de enero de 1986. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Nota: Reitera tesis de jurisprudencia número 73, Apéndice 1917-1985, Segunda Parte, Primera Sala, página 167, bajo el rubro "CONFESION, VALOR DE LA.". En los Volúmenes 205-216, página 343, la tesis aparece bajo el rubro "CONFESION, VALORACION DE LA.".
Registro digital (IUS): 245030