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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245056
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 208
PETROLEROS FALLECIDOS, BENEFICIARIOS Y ACREEDORES ALIMENTICIOS DE LOS.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 208
Respecto del seguro de vida y la pensión post mortem, la cláusula 147 del Contrato Colectivo de Pemex permite al trabajador designar libremente al 50% de sus beneficiarios, pero no puede privar del 50% restante a la esposa que recibe de él una pensión alimenticia por ese porcentaje de sus prestaciones, ni a los hijos que tuvo con ella.
Precedentes
Amparo directo 3717/86. Luz Carmona Juárez y otros. 22 de octubre 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.