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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245065
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 219

RECLAMACION, COMPETENCIA PARA CONOCER DEL RECURSO DE.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 219

Precedentes

Reclamación 6904/83. Carlos Ogazón Craules. 23 de septiembre de 1987. Cinco votos. Ponente: Martha Chávez Padrón. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "RECURSO DE RECLAMACION. SOLO ES COMPETENTE PARA CONOCER Y RESOLVER DICHO RECURSO, EL TRIBUNAL DE AMPARO QUE HUBIERE DICTADO EL ACUERDO EN TRAMITE QUE LE AFECTA AL QUEJOSO Y CONSTITUYE LA MATERIA DEL RECURSO.".
Registro digital (IUS): 245065