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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245088
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 295

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL A LISTA DE RAYA, OBLIGACION DE LA CAJA DE PREVISION SOCIAL DE CUBRIR LAS PENSIONES EN CASO DE FALLECIMIENTO DE LOS.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 295

Precedentes

Amparo directo 1682/86. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 1 de julio de 1987. Mayoría de cuatro votos. Disidente y Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.
Registro digital (IUS): 245088