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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245094
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 330

SALUD, DELITO CONTRA LA. POSESION EXCESIVA DE ENERVANTES POR TOXICOMANOS. NO PUEDE HACERSE ALMACENAMIENTO PARA CONSUMO PERSONAL.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 330

Precedentes

Amparo directo 2200/86. Bernabé Pérez Gómez. 27 de noviembre de 1986. Cinco votos. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Secretaria: Adriana Barrera de Loza. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "DELITO CONTRA LA SALUD. POSESION EXCESIVA DE ENERVANTES POR TOXICOMANOS. NO PUEDE SER OBJETO DE ALMACENAMIENTO PARA CONSUMO PERSONAL.".
Registro digital (IUS): 245094