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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245101
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 205-216, Séptima Parte; Pág. 56
AGRARIO. BIENES COMUNALES, RECONOCIMIENTO Y TITULACION DE. GARANTIA DE AUDIENCIA PARA PROPIETARIOS COLINDANTES.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 205-216, Séptima Parte; Pág. 56
En el procedimiento de reconocimiento y titulación de bienes comunales es menester dar al propietario particular colindante intervención a fin de que tenga oportunidad de ser oído y de ofrecer pruebas para esgrimir su defensa. De no hacerlo, procede el juicio de amparo para que le sea respetada la garantía de audiencia. Por otra parte es de precisarse que las autoridades deberán acatar lo dispuesto por el artículo 16 del Reglamento para la Tramitación de los Expedientes de Reconocimiento y Titulación de Bienes Comunales, dado que, al surgir el conflicto de límites, debe excluirse del reconocimiento y titulación de los terrenos comunales el predio de que no quedó acreditada la propiedad ni la posesión, y dejar a salvo los derechos de los comuneros para que los hagan valer en la vía y forma establecidos por ese precepto legal.
Precedentes
Amparo en revisión 2113/81. Marcelino González Castillo. 23 de enero de 1986. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez.