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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245107
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 205-216, Séptima Parte; Pág. 78
AGRARIO. COMITES PARTICULARES EJECUTIVOS AGRARIOS, REPRESENTACION DE LOS.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 205-216, Séptima Parte; Pág. 78
Como la representación de los comités ejecutivos agrarios no la tienen independientemente cada uno de sus miembros, sino todos en conjunto, si se promueve amparo por uno o dos de ellos, es indiscutible que carecen de la personalidad necesaria para tal efecto y debe sobreseerse en aquél.
Precedentes
Amparo en revisión 6270/83. Poblado Ampliación de Ejido de San Antonio de Pantoja, Municipio de Valle de Santiago, Guanajuato. 20 de febrero de 1986. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, tesis 36, página 79, bajo el rubro "COMITES EJECUTIVOS AGRARIOS, REPRESENTACION DE LOS.".