Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/245109
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245109
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 205-216, Séptima Parte; Pág. 87

AGRARIO. CONSENTIMIENTO TACITO DEL ACTO RECLAMADO, IMPROCEDENCIA DE AMPARO POR, NO OPERA PARA NUCLEOS DE POBLACION.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 205-216, Séptima Parte; Pág. 87

Precedentes

Amparo en revisión 5700/83. Antonio García Estrada y otros. 25 de septiembre de 1986. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Secretaria: Adriana Barrera de Loza. Séptima Epoca: Informe 1986, página 30. Amparo en revisión 298/81. Juan Camacho Esquivel y otro. 4 de septiembre de 1986. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Secretaria: Adriana Barrera de Loza. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "IMPROCEDENCIA DE AMPARO, CAUSAL DE, POR CONSENTIMIENTO TACITO DEL ACTO RECLAMADO, NO OPERA PARA NUCLEOS DE POBLACION EN AMPARO.".
Registro digital (IUS): 245109