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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245131
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 205-216, Séptima Parte; Pág. 184

AGRARIO. INSPECCION JUDICIAL, PRUEBA DE. A LOS NUCLEOS DE POBLACION DEBE DARSELES OPORTUNIDAD PARA COMPARECER A SU DESAHOGO.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 205-216, Séptima Parte; Pág. 184

Precedentes

Amparo en revisión 2397/81. Bienes comunales de Santiago Lachivia, San Carlos Yautepec, Oaxaca. 12 de junio de 1986. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Engrose: Víctor Manuel Franco Pérez. Amparo en revisión 2169/81. Manuel Arroyo Tovar y coagraviada. 30 de enero de 1986. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Amparo en revisión 7896/81. Petróleos Mexicanos. 21 de enero de 1986. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, tesis 104, página 210, bajo el rubro "INSPECCION JUDICIAL, PRUEBA DE, EN AMPARO. A LOS NUCLEOS DE POBLACION DEBE DARSELES OPORTUNIDAD PARA COMPARECER A SU DESAHOGO.".
Registro digital (IUS): 245131