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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245136
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 205-216, Séptima Parte; Pág. 225
AGRARIO. PERITOS QUE NO RATIFICAN SU DICTAMEN. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 205-216, Séptima Parte; Pág. 225
El que el perito nombrado por el Juez de Distrito no comparezca a ratificar su dictamen, no obstante que fue requerido para ello, constituye una irregularidad en la recepción de la prueba pericial ofrecida que debe ser subsanada mediante la reposición del procedimiento respectivo para el efecto de que se recabe tal ratificación.
Precedentes
Amparo en revisión 5940/82. Manuel Guerra Valdivia y otros. 13 de octubre de 1986. Mayoría de tres votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez.
Amparo en revisión 1309/82. Camerino Rivera González y coagraviados. 7 de octubre de 1986. Mayoría de tres votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Engrose: Víctor Manuel Franco Pérez.
Séptima Epoca, Séptima Parte:
Volúmenes 199-204, página 297. Amparo en revisión 769/83. Baldomero Montaño Carrillo. 7 de noviembre de 1985. Mayoría de tres votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez.
Volúmenes 199-204, página 286. Amparo en revisión 4386/81. Jorge Cárdenas Cortés y otros. 30 de septiembre de 1985. Mayoría de tres votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez.
Volúmenes 199-204, página 297. Amparo en revisión 6816/78. Juan Cabrera Montes y otra. 21 de agosto de 1985. Mayoría de tres votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, tesis 393, página 678, bajo el rubro "PERITOS QUE NO RATIFICAN SU DICTAMEN.".