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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245145
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 205-216, Séptima Parte; Pág. 243

AGRARIO. POSESION REGULARIZADA A COMUNEROS POR DOTACION DE TIERRAS. NO PRODUCE INTERES JURIDICO EN AMPARO CONTRA LA RESOLUCION PRESIDENCIAL DE QUE PROVIENE.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 205-216, Séptima Parte; Pág. 243

Precedentes

Amparo en revisión 6949/80. Poblado Acatán de las Piñas, Municipio de Santiago Ixcuintla, Nayarit. 10 de abril de 1986. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Engrose: Martha Chávez Padrón. Séptima Epoca, Séptima Parte: Volúmenes 199-204, página 57. Amparo en revisión 6069/81. Comunidad Indígena "San Miguel Carrizal", Municipio de Concordia, Sinaloa. 24 de octubre de 1985. Mayoría de tres votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Nota: En los Volúmenes 199-204, página 57, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. BIENES COMUNALES. POSESION RECLAMADA POR COMUNEROS QUE SE LES CONCEDIO POR DOTACION. FALTA DE INTERES JURIDICO EN AMPARO.".
Registro digital (IUS): 245145