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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245148
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 205-216, Séptima Parte; Pág. 254
AGRARIO. PRUEBA PERICIAL IMPERFECTA. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO PARA QUE SE CORRIJAN LAS IRREGULARIDADES.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 205-216, Séptima Parte; Pág. 254
Pronunciada la sentencia recurrida sin que se entregara al tercero perjudicado la correspondiente copia del cuestionario formulado a los peritos por el quejoso, privándolo del derecho de que el perito por él designado se asociara al designado por el propio Juez o rindiera dictamen por separado, con violación del artículo 151, párrafo segundo y tercero, de la Ley de Amparo, con fundamento en la fracción IV del artículo 91 de la citada ley, procede revocarla en la revisión y ordenar la reposición del procedimiento para el efecto de que el Juez de Distrito ordene hacer entrega a la parte tercera perjudicada de la copia del cuestionario formulado por el quejoso para el desahogo de la prueba pericial, a fin de que dicha parte esté en aptitud de ejercitar el derecho que le confiere el artículo 151 de la Ley de Amparo, y, seguida la tramitación legal del juicio, dicte la sentencia que en derecho proceda; en la inteligencia de que, al reponer el procedimiento, el Juez mencionado deberá dar oportunidad a las partes para que perfeccionen la multicitada prueba pericial en la forma que estimen pertinente.
Precedentes
Amparo en revisión 656/78. Comisariado ejidal del poblado "Izúcar de Matamoros", Municipio del mismo nombre, Puebla. 7 de agosto de 1986. Mayoría de tres votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Engrose: Víctor Manuel Franco Pérez.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, tesis 150, página 296, bajo el rubro "PRUEBA PERICIAL IMPERFECTA. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO PARA QUE SE CORRIJAN LAS IRREGULARIDADES.".