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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245192
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 205-216, Séptima Parte; Pág. 432

RIÑA, ELEMENTOS DE LA.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 205-216, Séptima Parte; Pág. 432

Precedentes

Amparo directo 3522/85. Salvador Hernández Medina. 13 de marzo de 1986. Mayoría de tres votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Séptima Epoca, Séptima Parte: Volúmenes 205-216, página 424. Amparo directo 2618/85. Baltazar Domínguez Aguirre. 13 de marzo de 1986. Unanimidad de cuatro votos en la parte resolutiva y por mayoría de tres votos en su parte considerativa. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Nota: Reitera tesis de jurisprudencia número 232, Apéndice 1917-1985, Segunda Parte, página 514, tesis de rubro "RIÑA, ELEMENTOS DE LA.".
Registro digital (IUS): 245192