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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245195
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 205-216, Séptima Parte; Pág. 439

ROBO. REPARACION DEL DAÑO, CONDENA A LA, Y CONDENA INDEBIDA AL PAGO DE LOS DAÑOS OCASIONADOS A LOS OBJETOS (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUERRERO).

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 205-216, Séptima Parte; Pág. 439

Precedentes

Amparo directo 2673/86. Marco Antonio Figueroa Villaseñor. 23 de octubre de 1986. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Secretaria: Olga Sánchez Contreras. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "ROBO. REPARACION DEL DAÑO. CONDENA INDEBIDA AL PAGO DE LOS DAÑOS OCASIONADOS A LOS OBJETOS PARA LA EJECUCION DEL DELITO (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUERRERO).".
Registro digital (IUS): 245195