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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245197
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 205-216, Séptima Parte; Pág. 443
TESTIGO HIJO DEL ACUSADO. NO AFECTA LA VALIDEZ DE SU TESTIMONIO LA CIRCUNSTANCIA DE QUE NO CONSTE SE LE HAYA HECHO SABER QUE NO ESTABA OBLIGADO A DECLARAR.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 205-216, Séptima Parte; Pág. 443
Aunque no conste en la propia declaración, que se le haya hecho saber al testigo que no estaba obligado a declarar por ser hijo del acusado, este incumplimiento en nada afecta la validez de su testimonio, puesto que una de las finalidades específicas del procedimiento punitivo radica en la búsqueda de la verdad histórica, de lo que realmente sucedió, y no por una falta de formalidad de ese tipo se desvirtuaría lo actuado por la autoridad competente.
Precedentes
Amparo directo 2351/85. Ramón Armando Quihui Carranza y otros. 3 de septiembre de 1986. Mayoría de tres votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretaria: Clara Eugenia González Avila Urbano.