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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245222
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 199-204, Séptima Parte; Pág. 111
AGRARIO. DERECHOS AGRARIOS, NEGATIVA A EXPEDIR CERTIFICADOS DE. INCOMPETENCIA DE LA SALA AUXILIAR.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 199-204, Séptima Parte; Pág. 111
La Sala Auxiliar de la Suprema Corte de Justicia es incompetente para conocer en revisión de las sentencias dictadas por los Jueces de Distrito en juicios de garantías en que se reclaman la abstención de expedir certificados de derechos agrarios a ejidatarios o comuneros, pues tal acto, en todo caso, afectaría derechos individuales; por lo que resulta competente para conocer del recurso un Tribunal Colegiado de Circuito.
Precedentes
Amparo en revisión 2791/84. José María Ibáñez Oregel y otros. 5 de noviembre de 1985. Mayoría de tres votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Tarsicio Márquez Padilla.