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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245228
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 199-204, Séptima Parte; Pág. 154

AGRARIO. EJECUCION DE RESOLUCIONES PRESIDENCIALES AGRARIAS. NO SE CONSIDERA CONSUMADA SI NO SE CUMPLEN SUS REQUISITOS SUSTANCIALES.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 199-204, Séptima Parte; Pág. 154

Precedentes

Amparo en revisión 2870/84. Comunidad Agraria Casimiro Castillo, Municipio de su nombre, Jalisco. 28 de octubre de 1985. Mayoría de tres votos. Disidente y Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, tesis 57, página 120, bajo el rubro "EJECUCION DE RESOLUCIONES PRESIDENCIALES.".
Registro digital (IUS): 245228