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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245232
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 199-204, Séptima Parte; Pág. 196

AGRARIO. EJIDO, AMPLIACION DE. EMPLAZAMIENTO AL COMITE PARTICULAR EJECUTIVO CUANDO LA RESOLUCION PRESIDENCIAL NO SE HAYA EJECUTADO.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 199-204, Séptima Parte; Pág. 196

Precedentes

Amparo en revisión 309/82. Juan Manuel Benavides Garza y otro. 21 de octubre de 1985. Mayoría de tres votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Tarsicio Márquez Padilla. Amparo en revisión 5067/82. Enrique Chávez Ordóñez y otro. 4 de septiembre de 1985. Mayoría de tres votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Séptima Epoca, Séptima Parte: Volúmenes 193-198, página 204. Amparo en revisión 8985/82. Testamentaría a bienes de Guillermo Romo Escobosa y coagraviados. 19 de marzo de 1985. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Salvador Martínez Rojas. Volúmenes 193-198, página 162. Amparo en revisión 314/83. Poblado Colonia Marte R. Gómez (Mariano F. Escobedo), Municipio de Cajeme, Sonora. 20 de febrero de 1985. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Salvador Martínez Rojas. Volúmenes 187-192, página 160. Amparo en revisión 5367/82. Comisariado Ejidal del núcleo de población El Zapotal de Zaragoza, Municipio de Tuxpan, Veracruz. 25 de octubre de 1984. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Felipe López Contreras. Véanse: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, tesis 74, página 141, bajo el rubro "EJIDOS, AMPLIACION DE. DEBE EMPLAZARSE AL COMITE PARTICULAR EJECUTIVO DE UN NUCLEO DE POBLACION CUANDO UNA RESOLUCION PRESIDENCIAL NO SE HAYA EJECUTADO.". Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 163-168, Tercera Parte, página 104, tesis de rubro "AGRARIO. EJIDOS, AMPLIACION DE. DEBE EMPLAZARSE AL COMITE PARTICULAR EJECUTIVO DE UN NUCLEO DE POBLACION CUANDO UNA RESOLUCION PRESIDENCIAL NO SE HAYA EJECUTADO.". Nota: En los Volúmenes 193-198, página 204, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. EMPLAZAMIENTO AL COMITE PARTICULAR EJECUTIVO DE UN NUCLEO DE POBLACION PROCEDE CUANDO LA RESOLUCION PRESIDENCIAL NO SE HAYA EJECUTADO.". En los Volúmenes 193-198, página 162, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. EJIDATARIOS, ACOMODO O REACOMODO DE, RESOLUCION PRESIDENCIAL QUE LO DECRETA AFECTA DERECHOS INDIVIDUALES.". En los Volúmenes 187-192, página 160, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. EMPLAZAMIENTO AL COMITE PARTICULAR EJECUTIVO DE AMPLIACION DEL EJIDO.".
Registro digital (IUS): 245232