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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245236
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 199-204, Séptima Parte; Pág. 241

AGRARIO. FRACCIONAMIENTOS, NULIDAD DE. SUPLETORIEDAD IMPROCEDENTE DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA ADMISION DE PRUEBAS.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 199-204, Séptima Parte; Pág. 241

Precedentes

Amparo en revisión 6434/79. María de Jesús Castelo viuda de García y otros. 14 de octubre de 1985. Mayoría de tres votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Tarsicio Márquez Padilla. Secretaria: Guadalupe Olga Mejía Sánchez. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "PROCEDIMIENTO DE NULIDAD DE FRACCIONAMIENTOS DE PROPIEDADES AFECTABLES. OBLIGACION DE LA SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA DE PRACTICAR LAS INVESTIGACIONES Y DILIGENCIAS NECESARIAS PARA COMPROBAR LOS HECHOS EN QUE SE FUNDA EL.".
Registro digital (IUS): 245236