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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245253
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 199-204, Séptima Parte; Pág. 316
AGRARIO. POSESION. TESTIMONIAL ES PRUEBA IDONEA PARA DEMOSTRARLA.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 199-204, Séptima Parte; Pág. 316
La prueba idónea para acreditar el hecho de la posesión en materia agraria es la testimonial, según lo ha sostenido la Segunda Sala de esta Suprema Corte de Justicia.
Precedentes
Amparo en revisión 419/83. Edmundo Girón Hernández. 20 de agosto de 1985. Mayoría de tres votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo en revisión 6966/81. Sucesión Intestamentaria a Bienes de Jesús M. Baez Guajardo. 8 de agosto de 1985. Mayoría de tres votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Tarsicio Márquez Padilla.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, tesis 141, página 285, bajo el rubro "POSESION. LA PRUEBA IDONEA PARA ACREDITARLA ES LA TESTIMONIAL.".