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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245259
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 199-204, Séptima Parte; Pág. 332

AGRARIO. PRUEBAS PERICIAL Y TESTIMONIAL ADMITIDAS Y NO DESAHOGADAS. NO AMERITA LA REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO, CUANDO NO INFLUYE EN EL SENTIDO DEL FALLO.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 199-204, Séptima Parte; Pág. 332

Precedentes

Amparo en revisión 2772/82. Leobardo Ravelero González y otros. 3 de octubre de 1985. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Martha Chávez Padrón. Secretario: Jesús Enrique Flores González. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBAS TESTIMONIAL Y PERICIAL ADMITIDAS Y NO DESAHOGADAS. NO AMERITA LA REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO, CUANDO NO INFLUYE EN EL SENTIDO DEL FALLO.".
Registro digital (IUS): 245259